
Ciudad de Panamá, Panamá. La Asamblea Nacional señaló que la creciente demanda por un profesional especializado y renovado en auditoría y asesoría, para el sector privado y público, conjuga la nueva Ley de Contador Público que, resultado de una larga fase de consulta entre agremiados y el Órgano Legislativo, se aprobó en tercer debate este viernes.
Esta nueva norma, a que se refiere el Proyecto 459, por la cual se deroga la Ley 57 de 1 de septiembre de 1978 y se dictan otras disposiciones, prioriza una plaza para el panameño, así como la obligatoriedad de su idoneidad.
Se abordan puntos esenciales en los Códigos de Ética, asociaciones de profesionales, Junta Técnica de Contabilidad, prohibiciones y sanciones.
Está acorde con los adelantos en los procedimientos y disposiciones contables que actualmente el mundo económico, comercial y financiero requieren para constituirse, de manera certera y confiable, en la base de las actos y actuaciones económicas que se realizan en Panamá e internacionalmente.
El proponente y quien, al igual, ejerció la profesión, el diputado Melchor Herrera, dejó claro que al modernizarse una legislación de casi cuatro décadas compensará a un gremio que integran más de 25,000 contadores públicos.
A manera de antecedente, es importante mencionar que en 1978 se aprueba la Ley 51 de 1 de septiembre, por la cual se reglamenta el ejercicio de la profesión de Contador Público en todo el territorio nacional y se crea a través de su artículo (13) la Junta Técnica de Contabilidad, como un organismo encargado de regularla.





















