Aprueban en tercer debate Ley de Cabotaje que reservará mayores oportunidades a empresas nacionales

El Fondo de Especies Naufragas estará sujeto a límites de contratación y fiscalización de la Contraloría mediante el control posterior.

Ciudad de Panamá, Panamá. La Asamblea Nacional (AN) destaco que la navegación en aguas panameñas toma más relevancia con su propia Ley de Cabotaje, emanado de un proyecto aprobado este miércoles, en tercer debate, que impulsa mayor participación de la inversión nacional y que regula, integralmente, otros parámetros de seguridad marítima, entre ellos, el tema de naves abandonadas y las especies naufragas.

 Esta industria marítima auxiliar pasará de ser regida por decretos y resoluciones, y con una legislación se reglamentarán aspectos generales al cabotaje y las actividades de comercio interior; así como al procedimiento de inspección de las naves de servicio interior, matriculadas en la marina mercante panameña y de servicio internacional, que se encuentren en aguas jurisdiccionales de la República de Panamá.

 En ese punto, las licencias de operación serán autorizadas por la AMP a toda persona natural o jurídica que desee prestar servicios marítimos a la nave, puertos, carga y tripulantes.

 Ante la duda, sobre darle participación de un 75% al empresario nacional y 25% al extranjero, el director de Marina Mercante de Panamá, Rafael Cigarruista, quien sustentó en la fase del segundo debate, manifestó que es cuestión de atraer inversiones, debido a que el costo de este negocio es alto. Además, de la búsqueda de competitividad, proteger el mercado local y abrir el espacio para que empresas extranjeras participen.

 El diputado Roberto Ábrego argumentó, previamente, que en países como Holanda no se da espacio a los extranjeros y con la nueva Ley de Cabotaje panameña se hace lo contrario, permitiendo que las divisas que obtengan salgan del territorio nacional.

 Destacó que anualmente se registra un promedio de 13,500 naves que transitan por aguas jurisdiccionales panameñas y en su mayoría requieren atención de la industria local para suplir sus necesidades. Asimismo, el país cuenta con unas 136 naves declaradas especies náufragas.

 Se concede a la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), regular el procedimiento de especies náufragas y crear un fondo en esta materia dirigido a sufragar los costos de custodios, mantenimiento, manejo de imprevistos y emergencias, prevención de procesos de contaminación y cualquier otro gasto que se estimen convenientes de naves declaradas con especies náufragas.

 El Fondo de Especies Naufragas estará sujeto a límites de contratación y fiscalización de la Contraloría mediante el control posterior. Para su capitalización, la AMP debe tomar las previsiones necesarias a fin de realizar un aporte anual, también mediante la entrada de recursos producto de las tasas que se cobren.

 Las naves de bandera panameñas o extranjeras que se encuentren dentro de las aguas jurisdiccionales panameñas declaradas como náufragas, ingresarán al patrimonio de la AMP, quedándose con el derecho de la embarcación, sus enseres o mercancías abandonadas.

 El propietario o representante de la nave podrá presentar reclamo, previo al consignar una fianza de B/, 1,000,000. Con ello se garantiza el pago de las sumas adeudadas contabilizadas a la fecha de la declaratoria de especies náufragas, así como el pago que se impongan; incluyendo daño ecológico, reflote, reubicación, almacenamiento y demás.

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