
Ciudad de Panamá, Panamá. Por presunto abuso en el ejercicio de sus funciones, calumnia en actuaciones judiciales, falso testimonio y falsificación de documentos, en contra de César Augusto Herrera Robles, el abogado Raúl Ossa De la Cruz interpuso una querella penal en el Ministerio Público (MP) contra de Fiscal Cuarta Anticorrupción Kira Tascón.
De acuerdo con el querellante, la denuncia incluye que la fiscal incurrió en supuestos delitos de simulación de hecho punible y falsedad en actuaciones judiciales, falta de cumplimiento de sus deberes, delitos contra la administración de justicia y la administración pública, falsedad ideológica con la finalidad de imputar cargos contra Herrera en el año 2018, sin tener en su poder ninguna prueba e informe que le sirviera de sustento probatorio, por Delitos contra la administración pública a Herrera.
El abogado De la Cruz argumentó que la Fiscal Cuarta Anticorrupción Tascón no tomó en cuenta el informe de 2014 de Auditoría de la Contraloría General de la República (CGR) que, señaló, concluyó que no existió ninguna lesión patrimonial contra el Estado, en la denuncia interpuesta en el caso de compensación de buses Diablos Rojos.
Indicó que la Fiscal solicitó la elaboración de otro informe a la CGR, no obstante, dos meses antes de tener acceso o recibir el citado informe, en la Fiscalía Cuarta Anticorrupción, dictó la medida de detención contra Cesar Augusto Herrera. Mencionó que en la hoja de presentación, del nuevo informe, en el punto 1.4, referente al lugar de los hechos, los auditores ratificaron que el mismo fue confeccionado en la Autoridad de Transito y Transporte Terrestre (ATTT) de Los Pueblos 2,000 y en la Fiscalía Anticorrupción del edificio Avesa.
Advierte en la denuncia que la acción de la Fiscal Tascón es violatoria al debido proceso y a los derechos y garantías constitucionales, incurriendo en el delito de simulación de hecho punible y calumnia en actuaciones judiciales.
Para el abogado, lo anterior se da al considerar que la fiscal Tascón, al dictar una orden de detención preventiva, creó una falsedad para encarcelar a César Augusto Herrera, de forma arbitraria y abusiva a través de la implantación de una prueba fabricada y faltando a la verdad, dado que el cheque No. 9194 de 10 de octubre de 2012, fue confeccionado a nombre de Enrique Núñez Domínguez y la fiscal adujo que el mismo estaba destinado al señor Herrera, el cual supuestamente tramitó y cobró el cheque, lo que era totalmente falso.
Tascón afirmó en el expediente falsamente, que mantenía en su poder copia autenticada del citado cheque con el endoso a nombre de César Herrera, lo que era completamente falso, ordenando su detención y violentando el código penal y el código procesal penal, subrayó De la Cruz.
El jurista hizo énfasis que sin pruebas que documenten la relación del vinculado y bajo el conocimiento de que la medida de detención era excesiva y desproporcionada, dictó una medida afectando la libertad y honra personal; lo que constituye una clara violación de la Fiscalía Cuarta Anticorrupción de Descarga al utilizar pruebas fabricadas para crear una conducta delictiva y detener y encarcelar a César Herrera.
Asimismo, señala la denuncia que la Fiscal Cuarta, con el informe de 2014, como único fundamento probatorio argumentó supuestos faltas en el trámite de los cupos, que en la realidad judicial no constituyen delito; pues cumplen con los requisitos de la ley y las disposiciones del procedimiento de pago, en un proceso circunscrito al ámbito legal de las esferas administrativas y ejecutivas del Estado. Planteó que la fiscalía para eliminar el informe de la CGR del 2014, acusa a los auditores de confeccionar dicho informe y los lleva a juicio; luego de un proceso el Juzgado Sexto los absuelve y el Segundo Tribunal Superior ratifica la sentencia absolutoria, reconfirmado la validez del informe del 2014.
Agrega la denuncia que el 5 de abril del 2016, el Tribunal de Cuentas utilizando el informe del 2014 ordenó el cierre del proceso y archivo del expediente que llevaba contra 3 funcionarios de la ATTT.






















