Funcionarios públicos podrán donar hasta 20% del salario a ‘Panamá Solidario’

En el caso de servidores públicos que perciban gastos de representación, la donación voluntaria sobre éstos se realizarán hasta un máximo del 20% del gasto de representación que perciba el donante.

Días atrás el presidente Laurentino Cortizo anunció, como parte de las acciones para enfrentar el COVID-19, que funcionarios públicos podrían aportar al fondo de ‘Panamá Solidario’, diseñado para brindar asistencia socia en medio de la emergencia sanitaria. Imagen redes sociales.

Ciudad de Panamá, Panamá. La Resolución de Gabinete No. 24 de 7 de abril de 2020, aprobado por el Consejo de Gabinete, “Que exhorta a los servidores públicos a donar voluntariamente al Plan ‘Panamá solidario’ y dicta otras disposiciones”, publicada en la Gaceta Oficial No. 28999-A este jueves, 9 de abril, establece que los funcionarios públicos que ganen mil balboas o más pueden donar hasta un 20% del salario.

El artículo 1 de la Resolución resuelve exhortar a los servidores públicos del gobierno central, entidades autónomas, semiautónomas y las empresas estatales, que devenguen un salario mensual de mil balboas en adelante, a donar “voluntariamente” al Plan ‘Panamá Solidario’.

También se determina (artículo 2) “aceptar” las solicitudes de descuentos voluntarios de los servidores públicos que deseen realizar a favor de la cuenta abierta por el gobierno con el objeto de aportar a los recursos financieros que requiere el citado plan, para apoyar a la población durante la crisis de emergencia sanitaria.

La Resolución señala también que (artículo 3) las donaciones voluntarias realizadas por los servidores públicos a la cuenta abierta por el gobierno, para recibir aportes al fondo de ‘Panamá Solidario’, sólo podrán ser por un monto equivalente de hasta un máximo del 20% del salario que perciba el donante.

En el caso de servidores públicos que perciban gastos de representación, la donación voluntaria sobre éstos se realizarán hasta un máximo del 20% del gasto de representación que perciba el donante.

“El importe de los descuentos voluntarios realizados por los servidores públicos será deducible al cien por ciento (100%) dentro de la declaración de renta del año siguiente a del aporte realizado”, precisa la Resolución en su artículo 3.

Detalla el documento que los descuentos voluntarios serán gestionados a través de las Oficinas Institucionales de Recursos Humanos de cada institución, mediante el Formulario Único de Donación Voluntaria, el cual fue adjuntado a la citada Resolución.

“Corresponderá a las Oficinas Institucionales de Recursos Humanos de las entidades verificar que el donante cuente con la capacidad permitida por Ley, para la deducción de la donación voluntaria ofrecida por el servidor público”, señala el artículo 5.

También se aclara que, “se exime de la exhortación efectuada a través de la presente Resolución de Gabinete”, el personal operativo de la Fuerza Pública, del Benemérito Cuerpo de Bomberos de la República de Panamá, del Sistema Nacional de Protección Civil, del Sistema Único de Manejo de Emergencias Pre-Hospitalarias (SUME 911), de la Dirección General del Sistema Penitenciario, de la Autoridad Marítima de Panamá, del Instituto de Acueductos y Alcantarillados Nacionales, de la Empresa de Transmisión Eléctrica; el personal del Ministerio de Educación, el personal de salud, médico y enfermeras del Ministerio de Salud y de la Caja del Seguro Social; el personal operativo del Ministerio de Obras Públicas, que se encuentran construyendo el Hospital Modular para Pacientes afectados por la Pandemia Covid-19; el personal operativo del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral, trabajadores sociales y psicólogos del Ministerio de Desarrollo Social; y demás funcionarios que estén realizando tareas vinculadas al combate de la pandemia del Covid-19.

Redacción

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