
Ciudad de Panamá, Panamá. Haciendo uso de la iniciativa legislativa que le faculta para generar futuras leyes que no impacten las economías menores, el diputado presidente de la Asamblea Nacional (AN), Crispiano Adames presentó este martes el anteproyecto que modifica la Ley 94 de 2019 y la Ley 3 de 1985, que establece un régimen de intereses preferenciales en ciertos préstamos hipotecarios.
En la exposición, Adames recordó que del convenio que suscribió la Asamblea Nacional con el CONEP, en el primer periodo que asumió la presidencia, uno de los requerimientos fundamentales, que ellos expusieron, fue la posibilidad de hacer una extensión particular de la fecha de la vigencia de los intereses hipotecarios y que se aprobó hasta diciembre del 2022.
Dijo que es de conocimiento que hay un problema mercantil bancario a nivel internacional que ha disparado las tasas de interés que vulnera, fundamentalmente, los derechos ciudadanos de las clases más humildes o sea las casas de interés social y hasta 80 mil dólares.
Agregó que el Conep, reunido en su rubro de la Capac, nos remitió el anteproyecto que a su juicio se valora por su alcance social, ya que crea una política que responde a las necesidades del desarrollo social y económico del país, toda vez que la nación fue impactada por la pandemia del Covid 19.
En tal sentido, el presidente de la AN dijo que se requiere de ajustes que permitan extender de forma transitoria el plazo para aplicar a los beneficios y la exoneración del impuesto de transferencia de bienes muebles en la operación de primera compraventa, reconocido en la Ley 106 de 1974, hasta el 1 de agosto del año 2028.
El anteproyecto presentado cuenta con un artículo transitorio en que se establecen excepciones para tener el beneficio que sería aplicable, desde la promulgación de la ley, para viviendas que cuenten con permiso de ocupación hasta agosto del año 2028.
Igualmente, se podrán acoger las viviendas cuyos permisos de ocupación fueron expedidos desde el 1 de enero de 2017 hasta la fecha de promulgación de la ley, solo para hipotecas que se otorguen hasta el 30 de junio del año 2024.
La iniciativa legislativa platea que el tramo preferencial no podrá exceder de 4% de los préstamos para viviendas por un periodo de 10 años renovable cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 45,000 y no exceda de B/. 120,000.
Asimismo, un 2% de los préstamos para viviendas plurifamiliar vertical con un periodo de 5 años no renovable cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 120,000 y no exceda de B/. 150,000 a nivel nacional.
El último tramo preferencial sería de 1.5% de los préstamos de vivienda plurifamiliar vertical por un periodo de 5 años no renovables cuyo valor registrado, al momento del financiamiento, sea mayor a B/. 150,000 y no exceda de B/. 180,000 a nivel nacional.
Destaca que los préstamos hipotecarios con intereses preferenciales podrán ser otorgados hasta el 1 de agosto del año 2028.