Amplían querella por delito contra la vida y la integridad personal en caso de presunta negligencia médica

los abogados y familiares de Franklin piden a las autoridades que se haga justicia y se dé celeridad en este caso…

 Ciudad de Panamá, Panamá. En conferencia de prensa, abogados y familiares del fallecido jurista Franklin Jiménez Rangel, confirmaron hoy que amplían querella contra médicos, enfermera y al hospital Punta Pacífica S.A., luego de contar con el informe de medicatura forense del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (Imelcf), Sección de Malas Paxis, del 23 de agosto de 2022, el cual determinó que “la asistencia médica dispensada, el tratamiento ordenado para el paciente por el servicio de neurocirugía fue deficiente” y “la actuación médica no se realizó conforme con la práctica profesional habitual aceptada como adecuada en el momento”.

Jiménez Rangel falleció el 18 de septiembre de 2018, por lo que los abogados de los familiares presentaron a inicios del 2019 una querella penal para que se investigara lo sucedido en el Hospital donde fue a recibir atención médica. Denunciaron que en el hospital supuestamente se le aplicó más de 10 medicamentos, entre ellos el Fentanilo, una droga cuyo uso es sumamente delicado.

De acuerdo con los querellantes, la investigación inicial determinó diversas anomalías: el Consejo Médico Forense consideró que “por el tipo de medicamentos utilizados simultáneamente, era importante mantener monitorizado y vigilado al paciente, con la finalidad de detectar oportunamente un compromiso de sus signos vitales y su estado neurológico, sin embargo, “Los procedimientos dispensados al señor Franklin Jiménez Rangel en el Hospital Punta Pacífica, del 17 al 18 de septiembre de 2018, durante su hospitalización por el servicio de Neurología, consignados en el expediente clínico enviado por la autoridad, NO SE AJUSTARON A LA LEX ARTIS AD HOC”.

En la conferencia de prensa, explicaron que en el listado solicitado al hospital, para conocer las personas que atendieron a la víctima, por la Dirección Especializada en homicidios / Femicidios de la Fiscalía Superior Metropolitana, aparecen dos enfermeras Anelys del Carmen Arosemena Sanguillén e Isabel Esther Madrid Santos quienes, afirman, “no cuentan con ningún número de registro”.

Los familiares explicaron que, si bien este hecho data de 2018, han esperado este tiempo para contar con más elementos que le ayuden a exponer este delicado caso, como el informe de medicatura forense del  Imelcf, Sección de Malas Paxis, del 23 de agosto de 2022. Además, la pandemia declarada del COVID-19, y las consecuentes medidas adoptadas por las autoridades panameñas de salud complicaron cualquier acción que se pudiera tomar para acelerar la justicia para Jiménez Rangel.

Por ello, ante las evidencias del informe de medicatura forense, los familiares informaron que decidieron “ampliar la querella en contra del personal del Centro Hospitalario Punta Pacífica, la enfermera Anelis Arosemena Sanguillén, quien fue condenada por delito contra la fe pública, en el ejercicio ilegal de la profesión (carecía de idoneidad, según consta en la Junta Técnica del MINSA), la doctora Safir Haziel Terán Turcios,  Fernando José Oviedo Pitti, en contra el hospital Punta Pacífica S.A. y contra cualquier otro que resulte vinculado por la comisión de delito contra la vida y la integridad personal cometida en perjuicio del abogado Jiménez”.

Indican que la enfermera Anelis Arosemena posterior a la querella, en marzo de 2019, tramitó ante la Junta Técnica de Salud, el permiso especial de dos años. No obstante, durante la atención a Franklin en el Hospital Punta Pacífica, supuestamente atendió y suministró medicamentos sin contar con supervisión como corresponde, sin idoneidad y firmó como enfermera.

Los familiares sostienen además que en distintos documentos del hospital Punta Pacífica se coloca al Dr. Alex Daniel Dorensat Pradoo como médico de Franklin Jiménez Rangel (qepd), sin embargo, “éste, no posee idoneidad como médico sino como técnico en Ortopedia y traumatología”.

La ampliación de la querella, detalla la supuesta administración de dobles dosis de medicamentos ordenados por el médico como consta en el expediente del cuarto emergencia y el  diagnóstico de la hoja de atención al paciente utilizada por el 911 donde se establece que el motivo de la atención / impresión del paciente: “enfermedad cerebro vascular”, “nunca fue considerada por el hospital Punta Pacífica, afiliado al Hospital John Hopkins, obviando protocolos de atención que le obligan a realizan estudios mínimos”.

La querella denuncia la presunta negligencia médica en cuanto a la combinación de “medicamentos que requerían un estricto monitoreo y se dejó al paciente sin observación”. “Una cuadrícula hospitalaria carente del registro de la hora en que el paciente presentó una alerta respiratoria por la baja saturación de oxígeno en sangre y la hora en la que el paciente le viene el paro cardiaco; ambas situaciones ponen en evidencia la falta de protocolo del hospital y del personal así como la ausencia del monitor de frecuencias cardio respiratorias que nunca le fue conectado ni equipos de signos vitales y quien se percata del fallecimiento fue su esposa quien avisa a la enfermera”, relataron.

Para los familiares, es sorprendente la descoordinación existente entre el personal de enfermería y médico del hospital que no se percatan de la gran cantidad de medicamentos de cuidado dados a un paciente los cuales produjeron la muerte de Franklin, así como el “ocultamiento de la información”, toda vez que, afirman, se recabaron documentos de la Compañía Internacional de Seguros concernientes al pago de medicamentos aplicados entre estos: la orden médica de la Dra. Safir Haziel Terán Turcios, que no está en el historial médico entregado por el hospital a los padres del difunto ni al agente de instrucción durante la etapa de investigación preliminar.

Finalmente, los abogados y familiares de Franklin piden a las autoridades que se haga justicia y se dé celeridad en este caso, considerando que en el mismo solamente hay una persona condenada, cuando existen otros responsables directos.

Redacción

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