Adames ratifica postura del Parlamento panameño de afrontar debate de Extinción de Dominio

El objeto de la legislación consiste en establecer el marco legal de aplicación de la acción de extinción de dominio sobre bienes de origen o destinación ilícita…

Diputado Adames. Foto: cortesía AN.

Ciudad de Panamá, Panamá. El pleno de la Asamblea Nacional (AN) culminó este miércoles con la ronda en la argumentación de la conveniencia o no del Proyecto que crea la Jurisdicción Patrimonial de Extinción de Dominio. Previo, el presidente de la AN, diputado Crispiano Adames, ratificó la posición de siempre de abordar el tema, pero desde una perspectiva panameña y con la conciliación de los distintos actores.

A pocos meses de dejar la presidencia de la Asamblea Nacional, Adames manifestó que su conciencia está tranquila luego de lograr el consenso en una norma de transparencia necesaria como lo es el Proyecto 625, sobre Extinción de Dominio de Bienes procedentes de actividades delictivas.

Durante la discusión, en sesión permanente de este marco legal, el parlamentario dijo sentirse satisfecho porque el tema recibió la debida atención en la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales.

Añadió, que por espacio de más de un año se tomó la tarea de visitar otros países para conocer las experiencias en esa figura para su aplicación, además de convocarse a la consulta ciudadana.

Muy enfático y seguro de sus acciones, señaló que su carrera política y particular no tiene ninguna relación con el crimen organizado ni con ninguna de sus variantes.

Con mucha seguridad, el diputado presidente manifestó que la Asamblea Nacional dio muestras claras de su propósito en delimitar el brazo operativo- financiero- del crimen organizado en sus diferentes variantes, como el narcotráfico, terrorismo, trata de personas y tráfico internacional de armas.

Reconoció que voces solicitaron la inclusión de los delitos relacionados con la corrupción en la administración pública; no obstante, aseguró que el Ministerio Público afirmó que el país contaba con leyes suficientes para contrarrestar ese flagelo.

El objeto de la legislación consiste en establecer el marco legal de aplicación de la acción de extinción de dominio sobre bienes de origen o destinación ilícita, reconocer los derechos y garantías de los intervinientes, determinar la forma de jurisdicción, las competencias, procedimiento y establecer las reglas fundamentales para la administración de los bienes.

Con la figura de extinción de dominio, se legitima y reafirma el reconocimiento al derecho que tienen las personas respecto a sus bienes adquiridos de forma legal y la aplicación de la Ley en el entendimiento de que los bienes adquiridos, capital financiero y dineros destinados provenientes de capital ilícito, no adquieren legitimidad ni gozan de protección legal.

Durante la discusión, que se reanuda a las 9:00 de la mañana, estuvieron presentes gremios de abogados, personal de la Corte Suprema de Justicia, Ministerio Público, Ministerio de Gobierno y Justicia y otros.

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