Aprueban informe respecto a veto presidencial del proyecto que crea el CEPPAN

La normativa, en su artículo 3, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas elaborará los cálculos respectivos de quienes soliciten el reconocimiento de la prima antigüedad…

Foto: cortesía AN.

Ciudad de Panamá, Panamá. La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social, presidida por diputado Daniel Ramos Tuñón, aprobó este miércoles el informe respecto al veto presidencial del proyecto de Ley 726 «Por el cual se crea el Certificado Negociable para el Pago de Prima de Antigüedad de los Servidores Públicos (CEPPAN)».

 La comisión recomendó al pleno de la Asamblea Nacional seguir con los trámites correspondientes en tercer debate, a fin de rechazar la objeción por inconveniencia, en su conjunto, al proyecto de Ley 726, presentada por el presidente de la República y por ende insistir en su aprobación.

 Esta iniciativa tiene como objetivo reconocer el pago de la prima antigüedad, como un derecho adquirido en beneficio de los servidores públicos que se hayan desvinculado laboralmente, por despido o pensión de invalidez, de las entidades gubernamentales, y por ende crear, a través del proyecto de ley en análisis, el Certificado Negociable para Pago de Prima Antigüedad, denominado CEPPAN, en el Estado panameño, a fin de hacer efectivo el  derechos a estos servidores públicos y exservidores públicos.

 La normativa, en su artículo 3, señala que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) elaborará los cálculos respectivos de quienes soliciten el reconocimiento de la prima antigüedad, lo que hará en coordinación con la Caja de Seguro Social (CSS), la Contraloría General de La República (CGR) y las entidades en la que laboró la persona.

 Sin embargo, el artículo 2 vetado por el Ejecutivo señala que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) tendrá algunas funciones, en materia presupuestaria, como dirigir la administración presupuestaria del sector público, por lo que comprende la formulación de directrices para orientar a las entidades públicas en la preparación y examen de sus anteproyectos de presupuesto, velando por su correspondencia con los respectivos planes y programas institucionales en el marco de la planificación nacional;  la preparación o formulación del anteproyecto del presupuesto general del estado, debidamente sustentado en los ingresos del sector público y la ley de responsabilidad fiscal, para que, previa revisión y validación del Ministerio de la Presidencia, mediante resolución administrativa, sea considerado y aprobado por el Consejo de Gabinete, así como la asignación periódica, registro, seguimiento y evaluación de la ejecución del presupuesto general del Estado, su cierre y liquidación anual, además, de ejercer la administración y el manejo de gasto público.

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